
En el post de hoy queremos explicar qué es la curatela, un término menos sonado que la tutela pero también importante. Se trata de una institución jurídica que busca la función de salvaguardar los intereses de las personas que tienen limitación en sus capacidades de obrar por alguna circunstancia. Es decir, pretende completar la capacidad de las siguientes personas y, por tanto, es necesario un curador.
Las personas sometidas a curatela son:
- Los emancipados cuyos padres han muerto o están incapacitados
- Aquellos que han obtenido el beneficio de la mayoría de edad
- Los pródigos o declarados incapaces para administrar sus bienes.
La diferencia que lo distingue con la tutela es que el ámbito de aplicación es mucho más restringido. Es decir, la curatela es solo un complemento de capacidad en actuaciones concretas dictadas por la sentencia, o en su defecto, en los actos para los que el tutor necesita autorización judicial. Pero no sustituye a la persona con discapacidad. Mientras que la tutela, según el Tribunal Supremo, se emplea para la incapacitación total de la persona, cuando ésta por su discapacidad no puede tomar decisiones ni relativas a su esfera personal ni patrimonial.
Al igual que la tutela, se caracteriza por ser un cargo renunciable, pudiendo ser retribuido.